Después de una larga discusión, la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar la apelación presentada por Carlos Pineda y el diputado Edwin Lux, con la que buscaban dar marcha atrás a la suspensión de las candidaturas de Prosperidad Ciudadana.
La decisión se tomó, luego que la secretaria General de Prosperidad Ciudadana, Lilian García, presentara el desistimiento de la apelación que presentó el partido político.
Según los magistrados, al retirar la apelación, ya no hay materia para que entren a conocer las acciones, debido a que el amparo se otorgó contra de la agrupación política y no contra de personas individuales.
¿Ahora, qué procede?
La “chibolita” regresa a la Sala Sexta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, quienes aún no han resuelto en definitiva el amparo provisional.
Para ello, aún deben de escuchar a las partes interesadas, es decir, al partido Cambio, a Prosperidad Ciudadana, a Carlos Pineda, al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y a quien ellos consideren oportuno.
Luego, cuentan con un plazo perentorio para analizar lo expuesto y decidir si otorgan o no el amparo definitivo.
Abogados y expertos en materia electoral, consideran que el fallo de la Sala se tendrá hasta después o pocos días antes de la primera vuelta electoral, programada para el 25 de junio, por lo que ya no le dará tiempo a Carlos Pineda de competir.
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