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Ley de Ciberdelitos, multas o carcel por compartir memes o publicaciones falsas

Luego de varias horas de sesión, diputados del Congreso de la República aprobaron la Ley de prevención y protección contra la ciberdelincuencia, que crea figuras delictivas y adecúa normas penales frente a delitos cibernéticos, informaron fuentes parlamentarias.

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La Ley fue creada gracias a la iniciativa 5601 y tiene como objetivo castigar las actividades de la Ciberdelincuencia que ha tomado auge por el uso de dispositivos con conexión a internet.

El apartado del artículo 19 de la ley de ciberdelitos indica que comete delito de acoso cibernetico quien intimide o asedie a una persona o grupo de personas, afectando su honor, dignidad o salud, con contenido falso o cruel o, mediante mensajes de texto y aplicaciones o en redes sociales, foros o juegos donde se ve, participa o comparte contenido, o cualquier otro medio electrónico o digital, actuando o no de forma anónima; o divulgar información confidencial o con contenido sexual de otra persona que afecten su honor, dignidad o su salud, actuando o no de forma anónima y por cualquier sistema informático o cualquier medio de comunicación electrónico.

Si la víctima es niño, niña o adolescente, la sanción se elevara a  prisión de uno a dos años, y una multa de veinte a quinientos salarios mínimos para actividades no agrícolas.

En caso de acoso por medios cibernéticos a nivel escolar, en el cual participen niños, niñas y adolescentes, se remitirá al juez competente con el requerimiento de que se dicte la resolución correspondiente de conformidad con la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, prevaleciendo el interés superior del niño.

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